En contra de los trabajadores
*Jornada laboral: El texto final de la iniciativa confirma la creación de los bancos de horas, que habilitan jornadas de hasta 12 horas. De este modo, la extensión de la jornada deja de generar un costo para el empleador y pasa a encuadrarse en un esquema de “compensación” flexible que diluye el pago por trabajo extraordinario. A contramano de las discusiones que hoy se dan en los países desarrollados —donde el debate gira en torno a cómo reducir la jornada para crear empleo— la reforma libertaria desconoce un límite histórico: la jornada de ocho horas que rige en Argentina desde hace casi un siglo.
*Despidos e indemnizaciones: La reforma reduce la base de cálculo de las indemnizaciones porque excluye de esa cuenta las vacaciones, el aguinaldo, las propinas y los premios, que dejan de considerarse parte del salario mensual y habitual. También habilita que las pymes paguen las indemnizaciones en cuotas. En un contexto de destrucción de 276 mil empleos formales y cierre de 19 mil empresas desde el inicio de la gestión libertaria, los especialistas señalan que el proyecto limitará el reclamo judicial y trasladará a los trabajadores los costos del reclamo.
*Hay plata, paga el Estado: La reforma de Milei sustituye el fondo de cese por un Fondo de Asistencia Laboral (FAL) con una contribución obligatoria de todos los empleadores del 3 por ciento de la masa salarial combinado con una reducción del 3 por ciento en las contribuciones a la seguridad social. El mecanismo implica que el Estado dejará de recibir recursos para el sistema previsional y los redirige a un fondo destinado a cubrir despidos privados, una suerte de fondo compensador que socializa el costo de las indemnizaciones. “A los empresarios les va a salir gratis despedir mientras se desfinancia la seguridad social”, sintetiza la abogada laboralista Natalia Salvo.
Además la reducción de las contribuciones a las obras sociales y el uso de los recursos previsionales para financiar despidos “pondrá en riesgo la salud de los trabajadores y la sostenibilidad del sistema jubilatorio”, advierte el laboralista Juan Manuel Ottaviano.
*Vacaciones: Se habilita que “las partes” acuerden dividir las vacaciones en tramos de al menos siete días y se autoriza su asignación en cualquier momento del año. La propuesta transforma el descanso de verano en un beneficio excepcional que sólo se podrá usar una vez cada tres años. Durante los otros dos períodos, el empleador podrá mover las vacaciones a meses fuera de temporada, lo que altera la organización familiar, el calendario escolar y la función reparadora del descanso.
Monotributistas e “independientes”
El proyecto invierte la presunción de laboralidad: ya no se partirá de la presunción de que existe un contrato laboral, sino de la idea de que toda prestación con factura es una simple locación de servicios o una colaboración “independiente”. Ese giro dejará a miles de personas sin posibilidad de reclamar por fraude o por vínculos encubiertos. El capítulo dedicado a las plataformas refuerza ese esquema: en vez de integrarlas a la Ley de Contrato de Trabajo, consolida su condición de cuentapropistas, con un régimen hecho a medida de las empresas y sin avances en derechos básicos. No mejora en nada la precaria situación de los trabajadores de plataformas.
En contra de la organización colectiva
*Derecho a huelga: La reforma incorpora límites al derecho de huelga al ampliar la definición de servicios esenciales, que deberán garantizar el 75 por ciento de la actividad, y crea una categoría aún más amplia: los “servicios de importancia trascendental”, donde entra casi todo lo demás. “La huelga puede tener restricciones en una terapia intensiva o en una central nuclear. El proyecto lleva este criterio a casi todas las actividades, incluidas la gastronomía, la producción de aceite o los medios de comunicación” explicó Luis Campos. Referentes gremiales consultados aseguran que es la puerta para judicializar la reforma. También deroga estatutos profesionales,
*Negociación colectiva: Además descentraliza la negociación colectiva para que los acuerdos de menor nivel prevalezcan sobre el convenio nacional sin necesidad de equipararse. El gobierno avanza hacia la negociación por empresa que busca reemplazar la negociación por actividad. La ultractividad cesa, la afiliación sindical se restringe y la cuota solidaria se limita. Los trabajadores deberán emitir una autorización expresa para que se las retengan. Tampoco obliga a las empresas a retener la cuota.
Si bien el gobierno buscó instalar un presunto guiño a la CGT, los especialistas consultados coincidieron en que la reforma es “profundamente antiderechos, antisindical y antiestado”.